Frente al proyecto de Ley 152 de 2018 para modernizar el sector TIC que se encuentra en proceso de socialización en las regiones, las radios comunitarias señalan:
Sobre la autoridad convergente.
El ente de control que se crearía con esta Ley es anti-democrático, a menos que cuente con la participación de organizaciones de representantes de la sociedad civil. Proponemos que estos se escojan a partir de gremios reconocidos del sector de las comunicaciones, como la Fundación para la Libertad de Prensa, la Federación Nacional de Medios Comunitarios, FECOLPER, CPB, entre otros.
Sobre la inclusión digital:
- Tras la propuesta de cubrimiento se está dejando de lado la democratización del espectro electromagnético. Se debe tener en cuenta la distribución equitativa del espacio radioeléctrico, de tal manera que se cree un mecanismo para que las comunidades puedan acceder al mismo. Proponemos que la Ley incluya la distribución de 33% para medios comerciales, haciendo uso de un bien común por el cual deben pagar. Para medios de interés público, un 34% en el cual los entes del Gobierno tengan acceso al espectro electromagnético, y un 33% para medios comunitarios, pues las comunidades organizadas representan más del 80% del país.
- Los usuarios de las tecnologías de información y comunicaciones no deben ser entendidos solamente como mercado y actor pasivo. Es papel de la democratización de las comunicaciones que las personas tengan acceso a la red y a todos los beneficios que representa el espectro electromagnético como proveedores de contenidos y como usuarios activos de los mismos. Entender la red solamente como un espacio para brindar conectividad es poner un bien común al servicio de intereses puramente privados.
- La “inclusión social digital” debe permitir que sean las mismas comunidades quienes tengan el derecho a ser prestadoras de servicios de telecomunicaciones, como radio, televisión e Internet.
Sobre la financiación:
- Esta Ley debe fortalecer el Fondo para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, con base en los cobros que se hacen a aquellas personas que tienen usos comerciales de los mismos. Este Fondo también debe contar con la participación de representantes de los medios comunitarios y de interés público.
- Esta Ley debe definir de manera clara los mecanismos de corresponsabilidad del Estado con el Derecho a la Comunicación a través de los medios comunitarios.
Sobre el dividendo digital:
La Ley oculta el potencial económico que representa el espectro electromagnético -que es un bien de la Nación- y propone entregarlo sin defender los derechos de los colombianos y colombianas. Proponemos, que, dentro de los costos por el contrato de uso del espectro electromagnético se incluya un estudio que contemple el dividendo digital; es decir, el mejoramiento del espectro gracias a la digitalización, que, a final de cuentas, va a ser el gran usufructo de las empresas.